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Tribunal de Disciplina

LAS SANCIONES DE LA FECHA

Dar por perdido el partido al Club Casino, encuentro que disputara con su similar de Alianza Futbolística, por el Torneo Federal “C” 2018 con el resultado: Casino 0 (cero) – Alianza Futbolística 1 (uno); arts. 106 “g” y 152 del R. T. P.

Dar por perdido el partido al Club Villa Beba, el encuentro que disputara con su similar de Villa Primavera, por el Torneo Federal “C” 2018 con el resultado: Villa Primavera 5 (cinco) – Villa Beba 0 (cero); arts. 106 “e” y 152 del R. T. P.-

 

CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 18/18 – 22/03/2018


EXPEDIENTE Nº 3995/18 - TORNEO FEDERAL “A” 2017/18
APELLIDO Y NOMBRES LIGA CLUB SANCION ART

  • BOCCHIETTI, MAXIMILIANO CAÑADA DE GÓMEZ *SPORTIVO AT. 1 208
  • ARCE, JORGE MARTIN SAN JUAN *SP. DESAMPARADOS 1 208
  • YOUNG, OSVALDO E. RESISTENCIA *CHACO FOR EVER 1 208
  • CARDOZO, RAMON POSADAS *CRUCERO DEL NORTE 1 208
  • VERCELLINO, PABLO ANDRES C. DEL URUGUAY *G. Y ESGRIMA CU 1 208
  • SALINAS, MATIAS NICOLAS MENDOZA *HURACAN L.HERAS 1 208
  • IHITZ, NICOLAS BAHÍA BLANCA *SANSINENA 1 208
  • HERRERA, MAXIMILIANO MENDOZA *HURACAN L.HERAS 1 208
  • FLORES, FRANCO VALENTIN PERGAMINO *DOUGLAS HAIG 1 208
  • TOLOSA, JUAN MANUEL JUNÍN *RIVADAVIA L. 1 208
  • LOPEZ, LEONARDO JAVIER BAHÍA BLANCA *VILLA MITRE 1 207
  • VALENZUELA, JONATHAN ANDRES CIPOLLETTI *DEP. ROCA 1 204
  • GAVIO, PABLO -AUX- JUNÍN *RIVADAVIA L. 2 186 260 48 A 1
  • PERUJO, EMILIANO JUNÍN *RIVADAVIA L. 2 186 260
  • SANTANA, OSVALDO NICOLAS -AUX- TRELEW *DEP. MADRYN 1 186 260
  • CURUCHET, CRISTIAN BAHÍA BLANCA *SANSINENA 2 201 B 1
  • VELEZ, ADRIAN RAMIRO MENDOZA *GUTIERREZ S. C. 1 207
  • BRACAMONTE, OMAR -AUX- CATAMARCA *SAN LORENZO ALEM Susp.Prov. 22
  • OROPEL, MARIO -AUX- SAN JUAN *UNION V.KRAUSE 2 186 260
  • PUCHETA, MARTIN ARIEL CATAMARCA *SAN LORENZO ALEM 2 186 260
  • CIARROCA, DIEGO MARTIN PARANA *AT. PARANA 1 186 260
  • GAUNA, JULIAN EMANUEL CAÑADA DE GÓMEZ *SPORTIVO AT. 2 186
  • LAZZA, EMILIO SEBASTIAN C. DEL URUGUAY *G. Y ESGRIMA CU 1 207
  • ACOSTA, CLAUDIO GERMAN SALTA *JUV. ANTONIANA 2 201 B 1
  • TELLO, FACUNDO EXEQUIEL JUJUY *ALTOS H. ZAPLA 1 207
  • ORMOS, ALEJANDRO FORMOSA *SP. PATRIA 2 186 260
  • TURUS, FRANCO EMANUEL FORMOSA *SP. PATRIA 1 207
  • DEFILIPPI, JOSE MARIA FORMOSA *SP. PATRIA Susp.Prov. 22
  • GOMEZ, CARLOS JOSE -AUX- FORMOSA *SP. PATRIA 2 186 260

NOTA: Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituídas por su equivalente en valor entradas (Art. 260, segundo párrafo del RTP).
VISTAS:

  • PARTIDO Nº 12: OMAR BRACAMONTE (Aux) CLUB SAN LORENZO DE ALEM (Catamarca);
  • PARTIDO Nº 19: JOSE MARIA DEFILIPPI - CLUB SP. PATRIA (Formosa).

Buenos Aires, 22/03/2018


EXPEDIENTE Nº 3996/18 - TORNEO FEDERAL “C” 2018
BUENOS AIRES, 22 DE MARZO DE 2018

JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART

  • ACOSTA, CRISTIAN RIO CUARTO ATENEO 2 PART. 200 A 1
  • ADROVER, RUBEN (AUX) SANTA FE EL QUILLA 1 PART. 202 B Y 260
  • ALANIZ, IGNACIO RIO CUARTO TORO 1 PART. 201 A
  • ALBA, JUAN (DT) RIVADAVIA (MZA) LA COLONIA 2 PART. 186 Y 260
  • ALBORNOZ, RENZO V. DOLORES COMERCIO 1 PART. 207
  • ALDERETE, MARTIN GRAL. ALVEAR (MZA) FERRO CARRIL 1 PART. 207
  • ALLENDE, GUSTAVO VILLAGUAY ATL. GUALEGUAY 1 PART. 201 B 4
  • ANDRES, PABLO (AUX) CERES FERRO DHO 1 PART. 202 B Y 260
  • AVILES, BRAIAN 9 DE JULIO ATL. 9 DE JULIO 2 PART. 200 A 1
  • BAEZ CORRADI, EDUARDO SAN NICOLAS RAMALLO 1 PART. 207
  • BARROSO, DANIEL LINCOLN ARGENTINO 1 PART. 207
  • BARROSO, HUMBERTO (AUX) VILLA MARIA ALEM 2 PART. 186 Y 260
  • BAZAN, SERGIO ESCOBAR 21 DE MARZO 1 PART. 207
  • BELTRAMINI, ADRIAN FEDERACION COSMOS 1 PART. 207
  • BENITEZ, ANTONIO CLORINDA 17 DE AGOSTO 1 PART. 207
  • BERTELLYS, SERGIO LAPRIDA J. NEWBERY 2 PART. 200 A 10
  • 2
  • BRUNO, SERGIO TUNUYAN SARMIENTO 1 PART. 201 B 1
  • CABRAL. JOAQUIN CERES FERRO DHO 1 PART. 208
  • CABRERA, JOAQUIN PASCANAS ATENAS 4 PART. 185
  • CACERES, JOSE (AUX) PTE. R. S. PEÑA C. NORTE 1 PART. 186 Y 260
  • CANCINA, SERGIO OLAVARRIA EL FORTIN 1 PART. 207
  • CASTILLO, JORGE LAS BREÑAS JUV. AGRARIA 1 PART. 208
  • CATTANEO, ARIEL (AUX) PASCANAS ATENAS 2 PART. 186 Y 260
  • CRESPO, PAUL ESQUEL BELGRANO 1 PART. 201 B 1
  • CRISTOLFO, FRANCO (AUX) T. RIO HONDO LOS DORADOS 1 PART. 186 Y 260
  • DAMATO, OSCAR T. RIO HONDO LOS DORADOS 1 PART. 204
  • DE LIMA, ALBINO OBERA MOJOMI 1 PART. 207
  • DIAZ, HERNAN LAS BREÑAS ATL. CHARATA 1 PART. 207
  • DIAZ, LUIS ESCOBAR VILLA ROSA 2 PART. 200 A 7
  • FERRERO, MATIAS PASCANAS ATENAS 1 PART. 201 A
  • FOLIS, FABIO (DT) PASCANAS ATENAS 2 PART. 186 Y 260
  • FONTANESI, FERNANDO (AUX) SAN FRANCISCO 9 DE JULIO 1 PART. 287 6
  • FRIDIRICH, GUSTAVO SANTA ROSA WINIFREDA 1 PART. 208
  • GARCIA, FEDERICO (AUX) C. RIVADAVIA SARMIENTO 1 PART. 186 Y 260
  • GARCILAZO, DIEGO (AUX) MAIPU UNION 1 PART. 186 Y 260
  • GIRARD, FEDERICO V. DOLORES COMERCIO 2 PART. 200 A 11
  • GOMEZ, GUILLERMO (DT) LAS PALMAS PABELLON ARG. 2 PART. 186 Y 260
  • GOMEZ, ORLANDO SAN JUAN ATENAS 2 PART. 200 A 1
  • GOROSITO, SANTIAGO LAS BREÑAS ATL. CHARATA 1 PART. 201 B 4
  • GOROSITO, WALTER LAS BREÑAS ATL. CHARATA 4 PART. 185
  • HEFFEL, LUCIO NOGOYA ARANGUREN 1 PART. 207
  • ITURRE, MARIANO (AUX) J. MARIA COLON 1 PART. 186 Y 260
  • JAIME, RUBEN (DT) CHASCOMUS UNION VECINAL 2 PART. 186 Y 260
  • JUAREZ, MARCELO ESCOBAR 21 DE MARZO 1 PART. 201 B 1
  • KALUJEROVICH, EMILIO (DT) T. RIO HONDO LOS DORADOS 1 PART. 186 Y 260
  • LAFFITE, ENZO LAPRIDA J. NEWBERY 2 PART. 200 A 7
  • LARREGINA, HUGO OLAVARRIA EL FORTIN 1 PART. 201 A
  • LEONFORTE, JORGE TUNUYAN SARMIENTO 1 PART. 208
  • LOPEZ, JONATHAN LAS FLORES EL TALADRO 2 PART. 200 A 1
  • LOPEZ, NELSON FORMOSA INDEPENDIENTE 1 PART. 201 B 1
  • LUCENA, DIEGO ANDALGALA VELEZ SARSFIELD 1 PART. 207
  • MAIDANA, GONZALO CAMPANA LA JOSEFA 1 PART. 207
  • MANSILLA, FACUNDO ESCOBAR 21 DE MARZO 1 PART. 207
  • MANZANO, EDGARDO GRAL. ALVEAR (MZA) FERRO 1 PART. 208
  • MARQUEZ DE LOS SANTOS, FACUNDO C. DEL URUGUAY M. AUXILIADORA 1 PART. 207
  • MARTIN, ALEJANDRO CORRAL DE BUSTOS CORRALENSE 1 PART. 201 B 4
  • MEDINA, ENZO PTO. SANTA CRUZ INDEPENDIENTE 1 PART. 207
  • MEDINA, JONATHAN PTO. SANTA CRUZ INDEPENDIENTE 1 PART. 207
  • MIJALUK PREREZ, CARLOS PTE. R. S. PEÑA C. NORTE 1 PART. 207
  • MOLEIRO, EMMANUEL CHASCOMUS UNION VECINAL 1 PART. 186
  • MOLINA, GASTON VILLA MARIA ARGENTINO 2 PART. 186
  • MONTEROS, RUBEN (AUX) BELLA VISTA BELLA VISTA 1 PART. 287 6
  • MORANDINI, LEANDRO RIVADAVIA (MZA) LA COLONIA 2 PART. 186
  • MUGNAINI, FELIPE RIO CUARTO TORO 2 PART. 200 A 1
  • NOTOA, JAIRO C. RIVADAVIA SARMIENTO 1 PART. 208
  • PAVON, MARCOS TRES LOMAS J. NEWBERY 2 PART. 200 A 1
  • PERALTA CASTRO, WALTER ESCOBAR VILLA ROSA 2 PART. 200 A 1
  • PERALTA, FABIO CRUZ DEL EJE OLAYON 1 PART. 208
  • PEREYRA, EZEQUIEL RIO TERCERO SP. BELGRANO 2 PART. 200 A 1
  • PEREZ, JEREMIAS CORDOBA GRAL. PAZ JUNIORS 2 PART. 200 A 10
  • PEREZ, LEONARDO PARANA INSTITUTO 1 PART. 207
  • PEREZ, MARTIN CHASCOMUS ATL. CHASCOMUS 1 PART. 207
  • PERFUME, MAXIMILIANO SAN PEDRO LAS PALMERAS 1 PART. 207
  • PONCE, RAUL (AUX) RIVADAVIA (MZA) LA COLONIA 2 PART. 186 Y 260
  • PONCE, RAUL SEBASTIAN (AUX) RIVADAVIA (MZA) LA COLONIA 2 PART. 186 Y 260 3
  • PONSSA, LUCAS CRUZ DEL EJE OLAYON 1 PART. 208
  • PONTI, ARMANDO RIVADAVIA (MZA) LA COLONIA 1 PART. 207
  • QUINTANA, IVAN PTE. R. S. PEÑA C. NORTE 1 PART. 201 B 1
  • QUIÑONES, NORBERTO (AUX) GRAL. SAN MARTIN FALUCHO 1 PART. 287 6
  • QUIROGA, VICTOR (AUX) CORDOBA HURACAN 1 PART. 186 Y 260
  • RAMIREZ BORDA, LUCIANO LA QUIACA SANTA CLARA 2 PART. 200 A 8
  • REBOLO, HERALDO LAPRIDA J. NEWBERY 2 PART. 200 A 9
  • REYNOSO, IGNACIO COSQUIN EMFI 1 PART. 204
  • RODRIGUEZ, LAUREANO 25 DE MAYO PLAZA ESPAÑA 1 PART. 201 A
  • RODRIGUEZ, SEBASTIAN RIO GRANDE O´HIGGINS 4 PART. 185
  • ROJAS, MATIAS VILLA MARIA ARGENTINO 2 PART. 200 A 2
  • RUSO, JONATHAN ESCOBAR MALVINAS 1 PART. 208
  • SEGOVIA, JORGE CLORINDA 17 DE AGOSTO 1 PART. 207
  • STAFFIERI, FRANCO ESCOBAR LA CATEDRAL 2 PART. 200 A 5
  • STAUBLE, FRANCO (AUX) VILLA MARIA ALEM 2 PART. 186 Y 260
  • TEJADA, LEANDRO TUNUYAN TUNUYAN SC 1 PART. 207
  • TEJADA, SERGIO PASCANAS ATENAS 2 PART. 186
  • TISEIRA, LUCAS ESCOBAR VILLA ROSA 1 PART. 207
  • TORANZO, JONATHAN J. MARIA COLON 1 PART. 207
  • TORRES, IGNACIO VEDIA MATIENZO 2 PART. 200 A 5
  • TRACANELLI, FABRICIO (AUX) PASCANAS ATENAS 2 PART. 186 Y 260
  • TRIVIÑO, LEANDRO PTO. SANTA CRUZ INDEPENDIENTE 1 PART. 207
  • VALDIVIA, MARCELO PTE. R. S. PEÑA C. NORTE 1 PART. 287 5
  • VALERO, CRISTIAN LA QUIACA SANTA CLARA 1 PART. 287 5
  • VAQUEL, LUIS COSQUIN EMFI 1 PART. 201 B 4
  • VEGA, JULIO (AUX) J. MARIA COLON 1 PART. 186 Y 260
  • VELIZ, MARTIN COSQUIN EMFI 1 PART. 207
  • VIDAL, NICOLAS PASCANAS ATENAS 2 PART. 186
  • VILLALVA, ERIC BELLA VISTA SAN JORGE 1 PART. 208
  • VILLAN, DARIO CHACABUCO 9 DE JULIO 1 PART. 207
  • WILLHUBER, DAMIAN ESQUEL BELGRANO 1 PART. 207
  • YABRON, IVAN PERGAMINO ARGENTINO 1 PART. 201 B 4
  • ZARATE, MILTON CORRAL DE BUSTOS CORRALENSE 2 PART. 200 A 1

NOTA: EN LAS SANCIONES QUE ANTECEDEN SE LES APLICO EL ARTICULO 220 DEL REGLAMENTO DE TRANSGRESIONES Y PENAS.-


EXPEDIENTE Nº 3999/18 - TORNEO COPA ARGENTINA 2017/18
BUENOS AIRES, 22 DE MARZO DE 2018
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART

  • EVANGELISTE , LEANDRO LUJAN CAMIONEROS 3 PART. 200 A 1

 

 

EXPEDIENTE Nº 3929/18 - TORNEO FEDERAL “B” 2017
Recurso de reconsideración
Partido del 9/12/17 - Central Norte (Salta) Vs. Pellegrini (Salta)
Resolución de fecha 28/12/2017 - Publicada B.O Nº 90/17
Fecha 28/12/17
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de marzo de 2018.-
VISTO:
El pedido de reconsideración presentado por el jugador Esparza Heredia Martín Humberto DNI 39.002.752 en fecha 20 de Marzo de 2018 de la sanción impuesta por resolución de fecha 28 de Diciembre del año 2017 en relación al partido realizado en fecha 9/12/17 entre Central Norte (Salta) Vs Pellegrini (Salta), de diez (10) partidos de suspensión (art. 184 del RTP).
Argumenta el recurrente que ya había cumplido el 50 % de la sanción impuesta, y que actualmente fue incluido en la lista de buena fe del Club Villa Primavera de la Liga salteña de Fútbol que participa en el Torneo Federal “C”, solicitando que se de por cumplida la sanción impuesta.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal en su Artículo 40, prevé el recurso de reconsideración para las resoluciones dictadas por los Tribunales de Penas de las ligas afiliadas, que será tratado en la misma sesión o en la inmediata siguiente.
La cuestión disciplinaria del Torneo Federal “C” es de tratamiento competencia originaria del Tribunal de Disciplina del Interior del Consejo Federal, motivo por el cual se produce el avocamiento de este Tribunal del presente recurso de reconsideración en los términos y alcances del Artículo 40 del RTP.
RESULTANDO:
Que este Tribunal de Disciplina del Interior, conforme a lo expuesto se encuentra habilitado para el tratamiento del recurso de reconsideración interpuesto.
Que es de aplicación la normativa del Artículo 40 del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal.
En tal sentido, cabe señalar que el recurso fue interpuesto en fecha 20 de Marzo de 2018 y la sanción notificada y publicada por B.O 90/17 en fecha 28 de Diciembre del año 2017.
En virtud de lo expuesto, resulta claro la extemporaneidad de la interposición del recurso de acuerdo a las prescripciones del Artículo 40 del RTP, Primer Párrafo.
Como consecuencia de lo expuesto se declara inadmisible el recurso por extemporáneo.
Por lo expuesto, el Tribunal de Disciplina del Interior
RESUELVE:
1º) Declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por el jugador Esparza Heredia Martín Humberto.
2º) Notifíquese, publíquese, archívese.


EXPEDIENTE Nº 3988/18
Carlos Nicolás Latof Salinas (Club Sarmiento – Zarate Bs As)
Recurso de apelación.

Ciudad autónoma de Buenos Aires, 22 de marzo de 2018
VISTO:

El recurso de apelación presentado por el Sr. Carlos Nicolás Latof Salinas, quien peticiona que se revoque el decisorio dictado por el Tribunal de Penas de la Federación Norte de Fútbol de la Pcia de Bs. As.
CONSIDERANDO:
Que el recurrente no ha cumplido con el requisito formal, el depósito previo que ordena el artículo 76 del Reglamento del Consejo Federal la que determina del Tribunal de Disciplina del Interior, declarar inadmisible el Recurso de apelación planteado.
Por lo que el Tribunal de Disciplina del Interior.
RESUELVE:
1º) Declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por no haber dado cumplimiento el recurrente a lo dispuesto en el Art. 76 del Reglamento del Consejo Federal, Depósito previo.
2º) Notifíquese, publíquese, archívese.


EXPEDIENTE Nº 3997/18 - TORNEO FEDERAL “C” 2018

Partido del 18/03/18 – Club Casino (Tilisarao) Vs. Club Alianza Futbolística (Villa Mercedes) - Torneo Federal “C” 2018
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de marzo de 2018.
VISTO
El informe del árbitro principal del partido Sr. Sosa Héctor David, celebrado en fecha 18/03/18 – entre los clubes Casino Vs. Alianza Futbolística, da cuenta que a raíz de haber sufrido agresión física y verbal durante el partido de parte del jugador del Club Casino, Spolittini, Mario Andrés, expulsa al mencionado deportista y suspende el encuentro al momento en que se había jugado el primer minuto de los cinco adicionados a los noventa minutos.
CONSIDERANDO
Que habiéndose corrido traslado al Club Casino de Merlo y al jugador Mario Andrés Spolittini del mismo Club (fs. 7), la mencionada institución contesta a fs. 9/10 no así el jugador.
El Club Casino, reconoce el hecho de la agresión física proporcionada por el jugador al árbitro, pero agrega que el partido iba a continuar, pero el club visitante Alianza Futbolística se retira del campo de juego.-
RESULTANDO
Que el partido, de acuerdo al informe del árbitro principal fue suspendido al momento de recibir éste la agresión física que da cuenta en su informe.-
Es decir que el descargo efectuado por el club Casino no se compadece con la restante prueba y esta última circunstancia, abandono del campo de juego por parte del Club visitante, no registra en autos ningún elemento corroborativo, por lo que el argumento expuesto debe ser desestimado.
En conclusión, cabe aplicar en autos el artículo 106 inc. “g” del Reglamento de Transgresiones y Penas, es decir pérdida de partido por parte del Club Social y Deportivo Casino, con motivo de la agresión física al árbitro principal por el jugador Mario Andrés Spolittini de la mencionada Institución en virtud del artículo 152 del R.T. P. el resultado del partido: Club Social y Deportivo Casino 0 (cero) Vs. Alianza Futbolística 1 (uno).
En lo que respeto al jugador del Club Social y Deportivo Casino Spolittini Mario Andrés, cabe encuadrar su conducta en lo dispuesto en el artículo 183 del RTP del Consejo Federal, aplicándosele una pena de 1 (un) año de suspensión, por agresión al árbitro principal del partido.
Por lo expuesto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE
1º) Dar por perdido el partido al Club Casino, encuentro que disputara con su similar de Alianza Futbolística, por el Torneo Federal “C” 2018 con el resultado: Casino 0 (cero) – Alianza Futbolística 1 (uno); arts. 106 “g” y 152 del R. T. P.-
2º) Sancionar al jugador Mario Andrés Spolittini – Club Casino – con la pena de 1 (un) año de suspensión (art. 183 del T. T. P.).-
3º) Publíquese, notifíquese y archívese.


EXPEDIENTE Nº 3998/18- TORNEO FEDERAL “C” 2018
Partido del 18/03/18 – Club Villa Primavera (Salta) Vs. Villa Beba (Rosario de la Frontera) - Torneo Federal “C” 2018
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 de marzo de 2018.
VISTO
El informe del árbitro principal del partido Sr. Herrera Carlos Rubén, da cuenta que durante el desarrollo del partido entre los clubes Villa Primavera (Salta) Vs. Villa Beba (Rosario de la Frontera), debió tomar medidas disciplinarias, tarjeta amarilla y expulsión de jugadores de ambos equipos, a saber Club Villa Primavera: Sergio Chávez y Cazón Mauricio. Del Club Villa Beba, los jugadores expulsados, Suarez Algo Alejandro; Segovia Luis Emanuel; Ponce Tello Luis; Torrado Cristian; Díaz Pablo y Oliva Cárdenas Darío.-
Agrega el árbitro, que el jugador de Villa Beba, Oliva Cárdenas Darío lo agredió con una botella de agua que le dio en la nariz provocándole un sangrado y jugadores fueron expulsados por agarrones, empujones, pisotones, insultos y amenazas.-
Finalmente señala el árbitro que debió suspender el partido por inferioridad numérica del Club Villa Beba.-
CONSIDERANDO
Que oportunamente, Fs. 5, se le dio traslado del informe arbitral al Club Villa Beba y a los jugadores Darío Oliva Cárdenas, Cristian Alberto Torrado, Pablo Ariel Díaz y Luis Ponce Tello.-
El Club Social y Atlético Villa Beba, no presenta descargo y si lo efectuaron los jugadores: Darío Oliva Cárdenas, Pablo Ariel Díaz, Luis Ponce Tello y Cristian Torrado, efectuando los nombrados negación genérica de los hechos en los cuales 7 se encuentran involucrados, no logrando enervar de modo alguno lo expuesto por el árbitro.-
RESULTANDO
Que del informe arbitral surge que el Club Social y Atlético Villa Beba, a raíz de las expulsiones decretadas por el árbitro quedó en inferioridad numérica, encuadrando la situación en lo previsto en el artículo 106 inc. “e” del RTP, pérdida de partido, por lo que el resultado que debe registrarse es: Villa Primavera (Salta) 5 (cinco) Vs. Club Social y Atlético Villa Primavera 0 (cero) por aplicación del art. 152 1er. párrafo del R. T. P.-
En cuanto a los jugadores y si bien efectuaron descargos, los mismos no tienen entidad para descalificar el informe arbitral y en razón de ello cabe encuadrar sus conductas con la sanción que se menciona, jugadores del Club Villa Beba: Aldo Suarez, Art. 200 inc. “a” – dos (2) fechas de suspensión; Segovia Luis art. 207 un (1) partido de suspensión; Cristian Torrado; art. 185, cuatro (4) partidos de suspensión; Pablo Díaz art 185, 4 (cuatro) partidos de suspensión; Luis Ponce Tello art. 185, 4 (cuatro) partidos; y Darío Oliva Cárdenas art. 184, diez (10) partidos de suspensión – Jugadores del club Villa Primavera: Sergio Chávez, art. 201 inc. “a”, un (1) partido de suspensión; Mauricio Cazón, art. 204, un (1) partido de suspensión.
Por lo expuesto, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE
1º) Dar por perdido el partido al Club Villa Beba, el encuentro que disputara con su similar de Villa Primavera, por el Torneo Federal “C” 2018 con el resultado: Villa Primavera 5 (cinco) – Villa Beba 0 (cero); arts. 106 “e” y 152 del R. T. P.-
2º) Sancionar al jugador Aldo Suárez – Club Villa Beba – con la pena de 2 (dos) partidos de suspensión (art. 200inc. “a” 3 del R. T. P.).-
3º) Sancionar al jugador Luis Segovia – Club Villa Beba – con la pena de 1 (un) partido de suspensión (art. 207 del R. T. P.).-
4º) Sancionar al jugador Cristian Torrado Aldo Suárez – Club Villa Beba – con la pena de 4 (cuatro) partidos de suspensión (art. 185 del R. T. P.).-
5º) Sancionar al jugador Pablo Díaz – Club Villa Beba – con la pena de 4 (cuatro) partidos de suspensión (art. 185 del R. T. P.).-
6º) Sancionar al jugador Luis Ponce Tello – Club Villa Beba – con la pena de 4 (cuatro) partidos de suspensión (art. 185 del R. T. P.).-
7º) Sancionar al jugador Darío Oliva Cárdenas – Club Villa Beba – con la pena de 10 (diez) partidos de suspensión (art. 184 del R. T. P.).-
8º) Sancionar al jugador Sergio Chávez – Club Villa Primavera – con la pena de 1 (un) partido de suspensión (art. 201inc. “a” del R. T. P.).-
9º) Sancionar al jugador Mauricio Cazón – Club Villa Primavera – con la pena de 1 (un) partido de suspensión (art. 204 del R. T. P.).-
10º) Publíquese, notifíquese y archívese.

MIEMBROS PRESENTES: Dr. Antonio Raed y Dr. Alberto Balladini.

Jueves 22 de marzo de 2018, 23:35

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