Se conocieron los aranceles arbitrales y fijos para el Torneo Regional 21/22
Esta tarde se dio la comunicación oficial mediante dos despachos. Se destaca que no habrá que realizar aportes al Consejo Federal.
DESPACHO N° 12.598
VISTO Y CONSIDERANDO
La necesidad de la fijación de los aranceles y viáticos que percibirán los árbitros y árbitros asistentes que tengan a su cargo el contralor de los encuentros a llevarse a cabo en el Torneo Regional Federal Amateur 2021 2022; y,
Que, en tal sentido y teniendo en cuenta las facultades conferidas por el Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino y del Reglamento del Consejo Federal; se,
RESUELVE
Art. 1º- Fijar en concepto de aranceles y viáticos que habrán de percibir los árbitros y árbitros asistentes que dirijan encuentros en el Torneo Regional Federal Amateur 2021 / 22:
ARANCELES
ARBITRO $15.340,00 - CADA ASISTENTE $7.670,00
VIATICOS
De 0 km a 200 kms. MEDIO DIA $1.118,00
De 201 kms. a 500 kms. UN DIA $2.747,00
De 501 kms. a 800 kms. DIA Y MEDIO $4.099,00
De 801 Kms. a 1200 Kms DOS DIAS $5.460,00
De 1201 kms. en adelante TRES DIAS $7.975,00
Art. 2º Comuníquese a los clubes participantes en el certamen por conducto de sus respectivas Ligas; y, una vez cumplido, publíquese y archívese.
Buenos Aires, 20 de octubre de 2021.
DESPACHO N° 12.599
VISTO Y CONSIDERANDO
La necesidad de establecer los Aranceles Fijos que regirán para la disputa del Torneo Regional Federal Amateur Edición 2021 / 2022;
Que, en tal sentido y teniendo en cuenta las facultades conferidas en el Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino y en el Reglamento del Consejo Federal; se,
RESUELVE
Art. 1° Estableceren concepto de Aranceles Fijos que regirán para la disputa del Torneo Regional Federal Amateur Edición 2021 2022, los siguientes:
ETAPA CLASIFICATORIA
O CONSEJO FEDERAL ------- SIN COSTO
O APORTE LIGA (Piso) -------- $3.000,00
O SEGURO DEL ESPECTADOR --------- $3.000,00
Nota: Se establece que el Aporte a las Ligas será de un 10% de la recaudación bruta, en ningún caso será inferior a los pisos establecidos precedentemente; asimismo, del monto señalado el 70% será para la Liga y el 30% para la Federación de su Provincia.
Art. 2° Comuníquese los clubes intervinientes. a en el certamen por conducto de sus respectivas Ligas; publíquese; y, archívese.
Buenos Aires, 20 de octubre de 2021.
Miércoles 20 de octubre de 2021, 19:33