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Tribunal de Disciplina

Sanciones del Torneo Federal A e intimaciones por falta de pago

AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETIN OFICIAL N°13/23 – 16/03/23

EXPEDIENTE N°4814/23 - TORNEO FEDERAL A 2023
CIUDAD AÚTONOMA DE BUENOS AIRES, 16 DE MARZO DE 2023
NOMBRE Y APELLIDO LIGA CLUB SANCION ARTIÍCULO
SOTOMAYOR, VICTOR (CT) SALTA C. NORTE 1 PART. 186 Y 260
BERRA, MANUEL CIPOLLETTI CIPOLLETTI 3 PART. 200 A 2
MUNGO, CARLOS (CT) B. BLANCA V. MITRE 1 PART. 186 Y 260
SOSA, HERNAN SAN LUIS J. U. UNIVERSITARIO 1 PART. 207
PEREZ, FEDERICO CORRIENTES B. UNIDOS 1 PART. 207
CECHI, IGNACIO B. BLANCA LINIERS 3 PART. 200 A 7
LOPEZ, PABLO SAN LUIS ESTUDIANTES 1 PART. 186

EXPEDIENTE N°4815/23
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de marzo de 2010.-
VISTO:
Las deudas pendientes de cumplimiento por parte de los clubes participantes en los
torneos organizados por el Consejo Federal, y que hasta el día de la fecha no hay registro
de comprobante de de pago, y,
CONSIDERANDO:
Que habiendo vencido los plazos establecidos en el Reglamento del certamen a los
fines de las obligaciones que en cada caso se reclaman, conforme al listado que se
acompaña, corresponde intimar a las Ligas y los Clubes involucrados, por el término de
cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de esta resolución en la respectiva
Liga (art. 77° del Reglamento de Transgresiones y Penas), a los fines de que procedan a
regularizar sus situaciones, bajo apercibimiento de ser pasible de la sanción de
SUSPENSIÓN PROVISIONAL en caso de incumplimiento;

 
 

Que, por todo ello, este Tribunal de Disciplina Deportiva;
R E S U E L V E
Art. 1° - Intimar a los clubes mencionados en el listado que se acompaña, en un todo de
acuerdo con el considerando de la presente, a los fines de que procedan a regularizar su
situación, dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la fecha de recepción de
esta resolución en la respectiva Liga (art. 77° del Reglamento de Transgresiones y Penas),
todo ello bajo apercibimiento de ser pasible de la aplicación de la sanción de SUSPENSIÓN
PROVISIONAL, en caso de incumplimiento.
Art. - Se deja aclarado que una vez efectuado el pago por parte de los clubes,
debidamente acreditado a partir de su recepción en este Organismo de la documentación
pertinente, recién se tendrá por cumplida la obligación que ha sido objeto del presente
reclamo.
Art. 3° - Comuníquese, publíquese y manténgase en Secretaría a sus efectos.-
CLUB LIGA
BOLETIN 5 /22 fecha 18/01/2022 VILLA SAN ANTONIO SALTA EXP. 4557/22 FED. AMATEUR VALOR 300 ENTRADAS X 3 FECHAS
BOLETIN 7 /22 FECHA 26/01/2022 BELLA VISTA TUCUMAN EXP. 4557/22 FED. AMATEUR VALOR 100 ENTRADAS X 3 FECHAS
BOLETIN 79/22 FECHA 27/10/22 DEL BONO SAN JUAN EXP.4735/22 Fed. Amateur VALOR 150 ENTRADAS
BOLETIN 81/22 FECHA 03/11/22 PILARES SAN RAFAEL EXP. 4737/22 Reg. Juv Sub 15 VALOR 100 ENTRADAS X 4 FECHAS
BOLETIN 81/22 FECHA 03/11/22 JORGE NEWBERY CDORO RIVADAVIA EXP. 4745/22 T. REG. FED. AMATEUR VALOR 150 ENTRADAS X 2 FECHAS
BOLETIN 84/22 FECHA 17/11/22 LOS ANDES CHILECITO EXP. 4761/22 Fed. Amateur VALOR 50 ENTRADAS X 2 FECHAS
BOLETIN 86/22 FECHA CAI CDORO RIVADAVIA EXP. 4773/22 Fed. Amateur VALOR 150 ENTRADAS

MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.-

Jueves 16 de marzo de 2023, 18:47

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blas · Jueves 16 de marzo de 2023, 19:08 · Citar
de cuanto es el valor de una entrada para la multa ?