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Tribunal de Disciplina

Sanciones del Torneo Federal A, Regional Femenino, Copa Pais, Senior, Juveniles y fallos

TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR - BOLETIN OFICIAL N° 52/25 – 21/08/25

MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.-


EXPEDIENTE N° 5428/25 – TORNEO FEDERAL “A” 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 21 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ALFEREZ, BRIAN GRAL. PICO COSTA BRAVA 1 PART. 204
CERVERA, GERMAN NEUQUEN DEP. RINCON 1 PART. 204
CRAVERO, DANIEL (CT) CIPOLLETTI CIPOLLETTI 4 PART. 185 Y 260
DIAZ, EMANUEL SAN LUIS ESTUDIANTES 1 PART. 207
DICHIARA, RICARDO CIPOLLETTI CIPOLLETTI 1 PART. 207
GOMEZ, FEDERICO (CT) SAN LUIS J. U. UNIVERSITARIO 1 PART. 186 Y 260
GOMEZ, MARTIN PERGAMINO DOUGLAS HAIG 3 PART. 200 A 2
GULLACE, OSVALDO (CT) MENDOZA HURACAN 3 PART. 200 A 1 Y 260
MARTINEZ, MARIO (CT) VIEDMA SOL DE MAYO 2 PART. 186 Y 260
MOYANO, JONATHAN (CT) SAN LUIS ESTUDIANTES 1 PART. 186 Y 260
MURIALDO, ALAN B. BLANCA OLIMPO 1 PART. 204
OJEDA, GABRIEL SAN LUIS J. U. UNIVERSITARIO 1 PART. 287 5
TAVERNA, JULIAN C. DE GOMEZ SPORTIVO A. C. 1 PART. 207
BAIER, GIANFRANCO PASCANAS DEP. ARGENTINO 1 PART. 208
CENTURION, FACUNDO RAFAELA 9 DE JULIO 1 PART. 208
LOPEZ, JULIO SALTA J. ANTONIANA 1 PART. 208
LUCERO, JOEL MENDOZA HURACAN 1 PART. 208
MONTENEGRO, RODRIGO RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 208
PAREDES, AGUSTIN BOLIVAR AGUSTIN 1 PART. 208
PICCIONI, SANTIAGO RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 208

EXPEDIENTE N° 5429/25 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR FEMENINO 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 21 DE AGOSTO DE 2025
JUGADORA LIGA CLUB SANCION ART
PALAVECINO, ROSA V. VIEJO SAN MARTIN 1 PART. 207

EXPEDIENTE N° 5430/25 – TORNEO COPA PAIS 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 21 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA SANCION ART
MURILLO, MAC RENO MENDOZA 4 PART. 185
VALDEZ, BRIAN ADRIEL MENDOZA 4 PART. 185

EXPEDIENTE N° 5431/25 – TORNEO COPA SENIOR 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 21 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
SASTRE, ANIBAL J. V. GONZALEZ LAS LILAS 1 PART. 207

EXPEDIENTE N° 5434/25 – TORNEO SELECCIONES DE LIGAS SUB 15 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 21 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA SANCION ART
SANCHEZ, JULIETA SELECCIÓN TUCUMAN 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 5432/25 – DON ORIONE ATLETIC CLUB (CHACO)
S/DENUNCIA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de Agosto de 2025.
VISTO:
Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal, en virtud de la denuncia
formulada por el Sr. Osvaldo Gabriel Nardoni, en carácter de presidente del Don
Orione Atletic Club de la ciudad de Barranqueras, poniendo en conocimiento una serie
de graves irregularidades ocurridas durante el partido disputado el 1º de junio de 2025
contra el Club Unión de Machagai, correspondiente al Torneo Federativo 2025,
organizado por Federación Chaqueña de Fútbol.
CONSIDERANDO:
Que, el compareciente denuncia violaciones reglamentarias por parte de la Federación
Chaqueña de Fútbol, correspondiente al partido disputado el día 1º de Junio del año
en curso, frente al Club Unión de Machagai.
Que, en virtud de ello debe significarse que, en cuanto a su admisibilidad, toda
denuncia debe articularse dentro de los TRES (3) DIAS HABILES, a partir de la fecha
de que se hayan producido los hechos, conforme con lo establecido en el art. 1º -
tercer párrafo- del R.T.P., advirtiendo que la presentación fue realizada ante este
Tribunal, excediendo considerablemente dicho plazo, con lo cual la misma deviene
extemporánea.
No obstante ello, se hace saber al denunciante que conforme al Art. 48 del
Reglamento General del Consejo Federal, le asistía el derecho de interponer contra el
fallo del Tribunal de Penas de la Federación Chaqueña de Fútbol, dentro del término
de diez (10) días de notificada la resolución cuestionada, el recurso impugnatorio de
Apelación ante este Tribunal de Disciplina Deportiva del
Interior, plazo que también se encuentra vencido.
RESULTANDO:
Que, lo expuesto en los considerandos, resulta suficientemente claro a través de un
mero cómputo del plazo, que el término para efectuar la denuncia en estudio venció el
día 4 de Junio de 2025, con lo cual debe desestimarse por intempestiva la
presentación deducida.
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior;
RESUELVE:
1°) Desestimar “in limine” por extemporánea la denuncia efectuada por el Don Orione
Atletic Club, poniendo en conocimiento una serie de graves irregularidades ocurridas
durante el partido disputado el 1º de junio de 2025 contra el Club Unión de Machagai,
correspondiente al Torneo Federativo 2025, organizado por Federación Chaqueña de
Fútbol(Arts. 1º, 32 y 33 RTP).
2°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).

EXPEDIENTE N° 5433/25 – TORNEO SUB 13 – CFFA - 2025
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de Agosto de 2025.
VISTO:
El informe presentado por el árbitro del encuentro disputado por el Club Boca Unidos
de Corrientes contra el Club Crucero del Norte de Misiones, correspondiente al Partido
que debían disputar en la Categoría Sub 13 del Torneo que organiza el Consejo
Federal del Futbol Argentino, en el estadio del primero, que
debía disputarse el día 23 de Julio de 2025, Sr. Bautista Damián González;
CONSIDERANDO:
Que del citado informe surge que el Árbitro del encuentro expresa que el partido no se
pudo disputar como consecuencia que el Club Local no contaba con un Profesional
Medico; motivo por el cual tomo la decisión de Suspenderlo. Que fue corrida la vista
de rigor al Club local, quien contesta la misma en fecha 18 de Agosto de 2025, en la
que admite que el Médico del Club no se pudo hacer presente como consecuencia de
un problema personal al momento que se trasladaba hasta el Estadio; y que por esa
razón llego 20 minutos más tardes.
RESULTA:
Que corresponde iniciar el tratamiento del presente Expediente, debiendo en primer
término determinar la causa por la que produjo la Suspensión del Partido que estaba
programado para el día 23 de Julio de 2025 a las 13 horas; quedando demostrado de
la prueba documental obrante en estos autos -informe del árbitro y descargo del club
local-, que dicho encuentro no se pudo disputar por que el Club local no contaba con
el Profesional Medico cuya presencia es obligatoria para la disputa de los partidos.
Determinada la causa de la Suspensión, observamos que la misma encuadra en lo
prescripto por el Art. 106 Inc. m) del Reglamento de Transgresiones y Penas, motivo
por el cual corresponde dar por perdido el partido al Club Boca Unidos de Corrientes.
En cuanto al resultado que debe registrar el mismo, conforme surge del Art. 152 del
citado cuerpo normativo, corresponde el siguiente Resultado Club Boca Unidos de
Corrientes 0 (Cero) Gol y el Club Crucero del Norte de Misiones 1 (uno) Gol.
Por lo tanto, este Honorable Tribunal de Disciplina Deportiva
del Consejo Federal de Futbol:
RESUELVE:
Art. 1: Dar por Perdido el Partido al Club Boca Unidos de Corrientes y por Ganado el
mismo al Club Crucero del Norte de Misiones, conforme lo determina el Art. 106 Inc.
m), 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas;
Art. 2: Disponer que el Resultado del Partido es Club Boca Unidos de Corrientes 0
(Cero) Gol y el Club Crucero del Norte de Misiones 1 (uno) Gol, conforme lo determina
el Art. 152, 32 y 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas;
Art. 3: Publíquese, Regístrese y Archívese.-

EXPEDIENTE N° 543/25 – TORNEO SENIOR 2025
Ciudad Autónoma Buenos Aires, 21 de Agosto de 2025.-
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 17/08/2025 en el
encuentro disputado entre el Club Rivadavia (San Juan) y su similar el Club San
Martín (San Juan), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por
parte del Club Rivadavia, la suma de $200.000.00; y,
CONSIDERANDO
Que, el CAP. V art. 24° del Reglamento del Certamen establece claramente el
mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el
encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”,
corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DIA
HABIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE
ORIGINO LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna
arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en
forma simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la
cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará
automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de
las previsiones establecidas en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y
Penas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) INTIMAR al Club Rivadavia, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL 22/08/2025 (Art. 33°
del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente
ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $200.000,00 que
le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 17/08/2025 con el
Club San Martín. -
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total
de la deuda reclamada, el Club Rivadavia, quedará AUTOMATICAMENTE
SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros
programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha
comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con
lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas.
3º) - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será
automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento
(remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y,
simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de
haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.

 

TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR - BOLETIN OFICIAL N° 53/25 – 22/08/25

MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.-

EXPEDIENTE N° 5436/25 – TORNEO JUVENIL SUB 13 CFFA 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 22 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
DOMINGUEZ, BENICIO CIPOLLETTI LA AMISTAD 1 PART. 154
PINCHEIRA, MATEO CIPOLLETTI LA AMISTAD 1 PART. 154
RAMIREZ, TOMAS RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 154
SALVO, FACUNDO NEUQUEN INDEPENDIENTE 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 5437/25 – TORNEO JUVENIL SUB 15 CFFA 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 22 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
FERREIRA, RAMIRO RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 154
MANZANEL, MAXIMILIANO MENDOZA SAN MARTIN 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 5438/25 – TORNEO JUVENIL SUB 17 CFFA 2025
CIUDAD AUTONOMA BUENOS AIRES, 22 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
ABALLAY, CIRO MENDOZA GUTIERREZ 1 PART. 154
AZUA, MILENKO CIPOLLETTI LA MAISTAD 1 PART. 154
FUENTEALBA, GENARO NEUQUEN INDEPENDIENTE 1 PART. 154
GODOY, NICOLAS POSADAS MITRE 1 PART. 154
RODAS, TOMAS RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 154
SALVO, XAVIER MENDOZA GUTIERREZ 1 PART. 154
SOTELO, LUCIANO POSADAS MITRE 1 PART. 154
TORALES, SANTINO RESISTENCIA SARMIENTO 1 PART. 154

EXPEDIENTE N° 5439/25 – TORNEO JUVENIL SUB 15 REGION CENTRO 2025
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, 22 DE AGOSTO DE 2025
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART
RIERA, MICHAEL RIO CUARTO ACCIÓN JUEVENIL 1 PART. 154

Viernes 22 de agosto de 2025, 18:00

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